La Junta de Andalucía establece a partir de hoy 23 de octubre que el uso de mascarilla será obligatorio para la práctica deportiva al aire libre si no se puede garantizar en todo momento la distancia de seguridad interpersonal y en los establecimientos de hostelería y restauración mientras no se esté consumiendo. Es decir, a partir de ahora el uso de mascarillas será continuado en la hostelería y tan sólo se podrá eludir su utilización en el momento de la consumición.
Esa es la determinación que se recoge en una orden de la Consejería de Salud y Familias, que fue aprobada el jueves por el Consejo de Gobierno de la Junta para frenar el avance de los contagios de coronavirus Covid-19 en la comunidad y que viene a modificar la orden de 14 de julio que regula el uso de mascarillas en Andalucía,
Dichos cambios ya aparecen reflejados en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) donde se puede leer que se añaden dos puntos a la orden de 14 de julio. El primer de ellos estipula que «el uso de mascarilla será obligatorio para todas las personas en los establecimientos de hostelería y restauración en los que se sirvan a clientes productos para su consumo en el mismo, salvo en el momento de la ingestión». Por otro lado, también se añade que «en el caso de la práctica físico-deportiva no federada, el uso de mascarilla será obligatorio si no se puede garantizar en todo momento la distancia de seguridad interpersonal».
Competiciones oficiales y federadas
Del mismo modo, el BOJA recoge que «en las competiciones deportivas oficiales de ámbito estatal y carácter no profesional y en las competiciones deportivas de ámbito internacional que estén bajo la tutela organizativa de las federaciones deportivas españolas que se desarrollen en territorio de la comunidad autónoma de Andalucía, será de aplicación el Protocolo de actuación para la vuelta de competiciones deportivas oficiales de ámbito estatal y carácter no profesional elaborado por el Consejo Superior de Deportes».
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