El Gobierno ha decidido suspender la aplicación de las reglas fiscales en 2020 y 2021 como medida extraordinaria para hacer frente a la crisis de la COVID-19. Esto implica dejar sin efecto los objetivos de estabilidad y de deuda pública y no aplicar la regla de gasto en 2020 y 2021. Así lo comunicó ayer la ministra de Hacienda y portavoz del Gobierno, María Jesús Montero, en el Congreso de los Diputados en un encuentro con los medios de comunicación. La decisión va en línea con las acciones adoptadas a nivel europeo y tiene como objetivo dar a las administraciones públicas todos los instrumentos posibles para luchar contra la pandemia y proteger a las familias y las empresas, según informa el Gobierno.
La Ley de Estabilidad Presupuestaria contempla en su artículo 3 que “la elaboración, aprobación y ejecución de los Presupuestos y demás actuaciones que afecten a los gastos o ingresos de los distintos sujetos comprendidos en el ámbito de aplicación de esta Ley se realizará en un marco de estabilidad presupuestaria, coherente con la normativa europea”. Y, en este sentido, que la Comisión Europea y el Consejo aprobaron el pasado marzo activar la cláusula general de salvaguarda. Y más recientemente, este mismo mes de septiembre, se comunicó que la cláusula de salvaguarda se mantendrá activa en 2021.
Esta medida implica que quedan suspendidos los objetivos de estabilidad presupuestaria y de deuda pública para 2020, así como los fijados para el período 2021-2023 aprobados por las Cortes Generales en marzo y que habían quedado desfasados en la situación actual. A pesar de ello, existirán unos niveles de déficit de referencia que servirán para permitir el funcionamiento presupuestario ordinario de ambos ejercicios. Además, este acuerdo pretende combatir las consecuencias socioeconómicas de la pandemia mediante medidas de apoyo y protección destinadas a las empresas y los hogares, promover el crecimiento, sentar las bases de la recuperación económica y social y diseñar un marco de colaboración y entendimiento entre las administraciones para salir de la crisis.
Medidas concretas
La suspensión de las reglas fiscales supone que los Planes Económicos Financieros (PEF) presentados por Comunidades Autónomas y Entidades Locales para ambos ejercicios como consecuencia del incumplimiento de los objetivos establecidos para 2019 deben considerarse superados. La medida también contempla que la exigencia de destinar el superávit para reducir deuda, aun siendo deseable, quedará en suspenso en estos años.
Del mismo modo, los objetivos de estabilidad ya no actuarán como límite en el destino del superávit de las CCAA y EELL para financiar Inversiones Financieramente Sostenibles (IFS). Otra consecuencia relevante es que la suspensión de las reglas fiscales permitirá que los ayuntamientos puedan utilizar sus remanentes de tesorería para colaborar en la recuperación económica y social de España. En cualquier caso, aunque quedan suspendidas todas las limitaciones en materia de cumplimiento de reglas fiscales, deberán mantenerse las medidas de seguimiento y supervisión, imprescindibles para el reequilibro de las finanzas públicas.
De hecho, esta suspensión no afecta al cumplimiento de las obligaciones previstas en la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (LOEPSF), o en otras normas, no vinculadas directamente con las reglas fiscales. Así, se mantienen en 2020 los términos del régimen de autorización de operaciones de endeudamiento de las CCAA y EELL, y se mantienen en vigor las obligaciones relativas al periodo medio de pago a proveedores, así como el control de su cumplimiento.
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