El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) publicaba ayer una Orden que viene a modificar la del 7 de mayo de 2021 y, por tanto, establece nuevas medidas de prevención contra el Covid-19. Además de aplicar nuevas restricciones de aforo según los niveles de alerta sanitaria, también quedan reflejadas las recomendaciones que se realizan a los municipios o territorios que presenten una incidencia ascendente y especialmente a aquellos que superen una incidencia acumulada de más de mil casos a 14 días por cien mil habitantes. En este sentido, se pide que las autoridades locales refuercen los mensajes sobre las medidas de prevención; delimiten las zonas, espacios o calles del municipio en las que no sea posible mantener la distancia de seguridad; se intensifiquen la vigilancia en el cumplimiento de las medidas de aforo; se proceda al cierre de los parques y jardines de 23:00 horas a 07:00 horas; y se aplace la celebración de eventos multitudinarios hasta que no mejore la situación epidemiológica.

En cuanto a los niveles de alerta y teniendo en cuenta que el Área Sanitaria Norte y, por tanto, la comarca de Los Pedroches se encuentra en la actualidad en el nivel 2 las medidas quedan de la siguiente manera. Los establecimientos de hostelería no podrán superar el 75 por ciento de aforo máximo para consumo en el interior del local. Las terrazas al aire libre de los establecimientos de hostelería podrán ocupar la totalidad de las mesas permitidas. Las mesas tendrán un límite de 4 personas en interior y de 8 personas en exterior y solo se permitirá el servicio y consumo en barra en exteriores con el distanciamiento establecido. 

En lo que respecta a las celebraciones y también en el nivel 2 de alerta sanitaria, los salones de celebraciones en interiores deberán respetar un máximo del 75 por ciento de su aforo en mesas o agrupaciones de mesas con un máximo de 150 personas en espacios cerrados. Las mesas tendrán un límite de 4 personas en el interior. En exterior, las zonas al aire libre de los salones pondrán ocupar la totalidad de las mesas permitidas con un máximo de 400 personas. Las mesas tendrán un límite de 8 personas en exterior. Además, el servicio en barra no estará permitido en interior, mientras que en exteriores sólo estará permitido el servicio en barra con el distanciamiento establecido, siendo el consumo en mesa. 

Los establecimientos de ocio nocturno, por su parte, no podrán superar el 50 por ciento de aforo máximo para consumo en el interior del local, además será necesario la realización de un registro de entrada de cada persona en el que conste el nombre y apellidos de la persona, teléfono de contacto o correo electrónico. El registro deberá guardarse durante 14 días y estará a disposición de las autoridades sanitarias. Las terrazas al aire libre de estos establecimientos podrán ocupar la totalidad de las mesas permitidas, mientras que las mesas tendrán un límite de 4 personas en interior y de 8 en exterior. 

Atracciones de feria

El BOJA también especifica que las atracciones de feria autorizadas por los ayuntamientos tendrán un horario de cierre como máximo de las 00:00 horas. En el nivel de alerta sanitaria 2 se limitará su aforo total al 60 por ciento para lugares abiertos y a un 40 por ciento para lugares cerrados.