Tengo que tener la prescripción de un médico a la hora de poner una vacuna? ¿Incurro en intrusismo profesional si indico pañales a un paciente? ¿Cómo procedemos a partir de ahora en las curas de úlceras por presión, de las que siempre nos hemos ocupado las enfermeras? Éstas fueron las preguntas más incisivas realizadas por las enfermeras y enfermeros que asistieron en la tarde de ayer a la primera jornada informativa de la Mesa provincial de la Profesión sobre el Real Decreto de prescripción enfermera en Pozoblanco.
Representantes de la Mesa de la Profesión Enfermera de la provincia de Córdoba, integrada por el Sindicato de Enfermería SATSE en Córdoba y el Colegio de Enfermería, acudieron ayer a Pozoblanco, en el corazón del Área Sanitaria Norte de Córdoba, para concienciar a los profesionales de la inseguridad jurídica a la que se enfrentan al realizar cientos de actuaciones que se están haciendo diariamente.
Ante estas dudas frecuentes que preocupan a los profesionales, la respuesta de los miembros de la Mesa fue en todo momento la misma, que los enfermeros, tal y como está ahora la norma, no pueden vacunar, ni indicar pañales, ni curar sin la previa prescripción médica.
“Mediante estas jornadas de responsabilidad profesional, que se prolongarán en principio hasta la próxima semana por diferentes puntos de la provincia de Córdoba, queremos informar sobre la situación en la que quedamos los enfermeros tras la entrada en vigor de este decreto”, señalan el secretario provincial de SATSE Córdoba, Manuel Cascos, y el presidente del Colegio de Enfermería, Florentino Pérez, quienes explicaron que todos los profesionales tienen que estar acreditados por el Ministerio de Sanidad para indicar, usar y autorizar la dispensación de medicamentos y productos sanitarios a todos los niveles. Asimismo, insistieron también en que los protocolos existentes en la práctica asistencial no son válidos tras la entrada en vigor del Real Decreto.
Acreditación
Asimismo, los asesores jurídicos de la Mesa provincial de la Profesión advirtieron que “una vez que los enfermeros y enfermeras andaluces obtengan por acceso directo la acreditación, podrán hacer una indicación, uso y autorización de forma autónoma para los medicamentos y productos no sujetos a prescripción médica, pero no así para los que están sujetos a prescripción médica, porque al haber modificado el Gobierno el RD en el último momento, ahora es necesario que el médico realice un diagnóstico, una prescripción, la asignación de un protocolo y que, además, luego haga el seguimiento de ese paciente”.
En el desarrollo de esta asamblea informativa, los asesores jurídicos del Colegio de Enfermería y de la secretaría provincial de SATSE Córdoba, Anselmo Menéndez y Mercedes Márquez respectivamente, expusieron los detalles sobre la responsabilidad legal de los profesionales ante el nuevo Real Decreto que regula la prescripción enfermera. Además, recalcaron la grave situación de la comunidad andaluza, donde la Dirección Gerencia del SAS pretende imponer a todo el personal de enfermería que siga prescribiendo según el Decreto 307/2009, para la prescripción enfermera en Andalucía, rechazando que éste queda anulado en su mayor parte por una norma básica de Estado, en vigor desde el pasado 24 de diciembre.
Según los representantes de la Mesa, Florentino Pérez y Manuel Cascos, “el Servicio Andaluz de Salud ha adoptado una postura ante el RD que pone en peligro y en una grave inseguridad jurídica a los profesionales de enfermería andaluces, pues les obliga a incumplir la normativa nacional bajo presiones, aun sabiendo el riesgo de que los profesionales puedan cometer un posible delito de intrusismo, incrementando todavía más la indefensión a la que ya les somete la normativa nacional”.
Seguro de responsabilidad civil
Por todo ello, los asesores jurídicos insistieron en la línea de que “es importante que los enfermeros sepan que en principio no pueden aceptar ninguna norma que vaya en contra de lo establecido en el Real Decreto. Recomendamos que las órdenes sean siempre escritas y en el caso de que no pueda ser así, que se deje constancia en la historia clínica o que se busquen medios alternativos como un testigo que escuche lo que dice el médico al enfermero”, expusieron.
Sobre este asunto, ambos asesores coincidieron también en que el seguro de responsabilidad civil profesional no se hace cargo de las actuaciones enfermeras que no cumplan la legislación en vigor, muy al contrario de lo que el gerente del SAS, José Manuel Aranda, quiere hacer creer a su personal. Asimismo, han aclarado que Zúrich, la compañía con la que el Consejo General de Enfermería tiene contratado el seguro de responsabilidad de civil de todos los colegiados y que, casualmente, es la misma aseguradora del personal del SAS, ha redactado un informe en el que precisamente concreta que no están cubiertas aquellas actuaciones llevadas a cabo por los profesionales que no se ajusten a la legalidad vigente.
De otra parte, entre los asistentes a la charla se respiraba un ambiente de dudas, indignación, enfado y miedo. ¿Qué tengo que hacer en el caso de ir a atender a un paciente a su casa?, ¿qué tipo de escritos del médico valen?, ¿debo hacer recetas de repetición en mi consulta sin que el médico me lo mande?… Éstas fueron otras de las dudas que salieron a colación durante la reunión y a la que los representantes de la Mesa fueron respondiendo.
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